# Reclamación de deudas por cesión de crédito

Fuente: https://iberfacil.es/es/servicios/reclamacion-de-deudas
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**En resumen:** Reclamación de deudas por cesión de crédito: nos cedes la deuda y la reclamamos en nombre propio, sin que tengas que perseguir a nadie. Lo gestionamos nosotros de principio a fin y sigues el estado del expediente en tu área de clientes. Firmas el contrato marco de cesión y un anexo por cada deuda con los documentos que la acreditan.

## Que te paguen lo que te deben, sin adelantar nada

 Primera consulta, estudio de viabilidad y presupuesto:  **Gratis hasta el 5 de enero de 2027**  Cuéntanos tu caso

Nos cedes la deuda y la reclamamos en nombre propio. Sin coste de activación, sin importe mínimo y sin que tengas que perseguir a nadie: sólo cobramos si se cobra.

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### El servicio de un vistazo

#### Qué incluye

- Activación en línea sin coste: firmas el contrato marco de cesión y ya está
- Un anexo por cada deuda que incorporas, con la documentación que la acredita
- Notificación certificada al deudor con constancia de entrega, enlace de pago y oferta de negociación
- Monitorio en nombre propio si no paga, y liquidación a tu favor de lo que se cobre

#### Precio

Sin coste inicial

Te explicamos por escrito cómo se calcula el coste antes de empezar.

### QUÉ INCLUYE Y QUÉ NO PROMETE

Para deudas de hasta 2.000,00 € no te vendemos un servicio de cobro: nos ocupamos del problema. Firmas la cesión del crédito, pasamos a ser los titulares y reclamamos en nuestro propio nombre —incluido el monitorio, cuya petición inicial no exige abogado ni procurador (art. 814.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil)—. Tú dejas de estar en medio y de arriesgar dinero para recuperar dinero.

Lo que incluye: activación en línea sin coste: firmas el contrato marco de cesión y ya está; un anexo por cada deuda que incorporas, con la documentación que la acredita; notificación certificada al deudor con constancia de entrega, enlace de pago y oferta de negociación; monitorio en nombre propio si no paga, y liquidación a tu favor de lo que se cobre. Lo que no incluye: no garantizamos el cobro. Si el deudor no tiene bienes ni ingresos, te lo decimos y no te cuesta nada haberlo intentado. Tampoco incluye el asesoramiento jurídico sobre tu deuda, que se contrata aparte, ni las rentas de alquiler, que no entran en la cesión.

#### QUÉ DOCUMENTOS NECESITAS

- Factura, contrato, recibo o cualquier documento que acredite la deuda.
- Justificante de lo entregado o prestado: albaranes, transferencias, correos.
- Datos del deudor: nombre o razón social, NIF, dirección y algún canal de contacto.
- Si eres empresa o profesional y el deudor también: cualquier requerimiento anterior.

#### PLAZOS ORIENTATIVOS

Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.

Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 1 y 3 días laborables.

La notificación al deudor sale de inmediato tras firmar el anexo; a partir de ahí manda su respuesta y, si hay monitorio, el calendario del juzgado.

Consulta [la página de precios](https://iberfacil.es/es/precios) para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.

### Cómo funciona

1. **¿TU DEUDA ENCAJA?** Miras si tu deuda encaja: importe de principal dentro del límite, documentada por escrito y deudor con datos de contacto. La activación es en línea y sin coste.
2. **FIRMAS LA CESIÓN** Firmas el contrato marco de cesión y un anexo por cada deuda con los documentos que la acreditan. No adelantas nada.
3. **NOTIFICACIÓN AL DEUDOR** Notificamos la cesión al deudor con constancia de entrega, enlace de pago y oferta de negociación, y gestionamos su respuesta.
4. **MONITORIO Y LIQUIDACIÓN** Si no paga, presentamos monitorio en nombre propio; de lo que se cobre te liquidamos tu parte según el contrato.

#### Qué necesitas tener a mano

- Factura, contrato, recibo o cualquier documento que acredite la deuda
- Justificante de lo entregado o prestado: albaranes, transferencias, correos
- Datos del deudor: nombre o razón social, NIF, dirección y algún canal de contacto
- Si eres empresa o profesional y el deudor también: cualquier requerimiento anterior

### Preguntas frecuentes

¿CUÁNTO ME CUESTA?

Nada por adelantado y nada si no se cobra. Del importe que se recupere, te liquidamos el 80 % y retenemos el 20 %, con un mínimo de 40,00 € por deuda.

¿Y SI SÓLO SE COBRA UNA PARTE?

La misma proporción sobre lo efectivamente cobrado. Si lo cobrado no llega al mínimo de 40,00 €, esa deuda no genera liquidación a tu favor.

MI DEUDOR ES UNA EMPRESA.

Entonces se añade la indemnización fija de 40,00 € por costes de cobro que prevé la Ley 3/2004 para operaciones comerciales, más el interés de demora de esa ley. Esa indemnización la retiene íntegra Iberfácil.

¿HAY IMPORTE MÍNIMO PARA CEDER UNA DEUDA?

No. No hay mínimo ni coste de activación.

LA DEUDA SUPERA 2.000,00 €.

Por encima de ese importe el servicio cambia: pasa a actuaciones judiciales, con estudio de viabilidad gratis hasta el 5 de enero de 2027 y presupuesto gratis antes de decidir nada.

¿PUEDO SEGUIR NEGOCIANDO YO CON EL DEUDOR?

No: desde la cesión el acreedor somos nosotros, y cualquier contacto del deudor se nos remite. Es lo que permite reclamar con una sola voz.

### SERVICIOS RELACIONADOS

Quien viene por «Reclamación de deudas por cesión de crédito» suele necesitar también alguno de estos trámites. Si tu caso mezcla varios, va en un solo expediente y un solo presupuesto.

- [Procedimiento monitorio](https://iberfacil.es/es/servicios/procedimiento-monitorio)
- [Burofax y requerimientos fehacientes](https://iberfacil.es/es/servicios/burofax-requerimientos)
- [MASC: medio adecuado de solución previo a la demanda](https://iberfacil.es/es/servicios/masc-previo-demanda)
- [Ejecución de sentencias y títulos](https://iberfacil.es/es/servicios/ejecucion-sentencias)

[Ver todo lo que hacemos en Extrajudicial](https://iberfacil.es/es/servicios/extrajudicial)

Si lo que tienes es una situación y aún no sabes qué trámite te toca, empieza por [Me deben dinero](https://iberfacil.es/es/problemas/me-deben-dinero).

 Este contenido es informativo y educativo: no constituye asesoramiento jurídico ni sustituye la consulta con un profesional. Si necesitas asesoramiento sobre tu caso, [ponte en contacto con nosotros](https://iberfacil.es/es/contacto).
