# Regularización extraordinaria de 2026: seguimiento y alternativas

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**En resumen:** Regularización extraordinaria de 2026: seguimiento y alternativas. El plazo del Real Decreto 316/2026 se cerró el 30 de junio de 2026. Seguimos el expediente de quien lo presentó y buscamos la vía que queda a quien no llegó. Lo hacemos nosotros de principio a fin, con profesionales de nuestra red, con presupuesto por escrito antes de empezar y el expediente a la vista en tu área de clientes. Te pedimos el justificante de la solicitud, los requerimientos recibidos y tu prueba de permanencia.

## Presentaste la regularización extraordinaria, o no llegaste a tiempo

 Primera consulta, estudio de viabilidad y presupuesto:  **Gratis hasta el 5 de enero de 2027**  Cuéntanos tu caso

El plazo del Real Decreto 316/2026 se cerró el 30 de junio de 2026. Seguimos el expediente de quien lo presentó y buscamos la vía que queda a quien no llegó.

 Primera consulta, estudio de viabilidad y presupuesto:  **Gratis hasta el 5 de enero de 2027**  [Cuéntanos tu caso](https://iberfacil.es/es/contacto)

### El servicio de un vistazo

#### Qué incluye

- Seguimiento del expediente presentado y respuesta a requerimientos de subsanación
- Recurso frente a una denegación, si procede y dentro de plazo
- Estudio de la vía alternativa cuando no se llegó a presentar: arraigo, protección internacional u otra autorización

#### Precio

Precio cerrado

235,95 € IVA incluido

195,00 € + 40,95 € de IVA (21 %)

 Precio válido hasta el 22 de noviembre de 2026.

Precios con IVA incluido. Las tasas públicas van aparte, a tu nombre y sin recargo.

### QUÉ INCLUYE Y QUÉ NO PROMETE

El Consejo de Ministros aprobó el 14 de abril de 2026 el Real Decreto 316/2026, que abrió una regularización extraordinaria para quien estuviera en España antes del 1 de enero de 2026, acreditase cinco meses de permanencia y careciera de antecedentes penales. El plazo de solicitud se abrió el 16 de abril y se cerró el 30 de junio de 2026, sin prórroga. Si presentaste, el expediente sigue vivo y lo que importa ahora es contestar bien a lo que pidan. Si no llegaste, la salida es otra vía, y las hay.

Lo que incluye: seguimiento del expediente presentado y respuesta a requerimientos de subsanación; recurso frente a una denegación, si procede y dentro de plazo; estudio de la vía alternativa cuando no se llegó a presentar: arraigo, protección internacional u otra autorización. Lo que no incluye: no podemos presentar una solicitud fuera de plazo: la fecha la fijó el real decreto y no era prorrogable. Lo que sí hacemos es buscar la vía que siga abierta.

#### QUÉ DOCUMENTOS NECESITAS

- Justificante de presentación de la solicitud, si la hiciste.
- Pasaporte completo y en vigor.
- Empadronamiento histórico y cualquier prueba de tu permanencia en España.
- Requerimiento o resolución recibida, si ya te han contestado.

#### PLAZOS ORIENTATIVOS

Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.

Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 3 y 7 días laborables.

Plazo legal: tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano, con silencio desestimatorio; la autorización dura un año y habilita para residir y trabajar en todo el territorio español. Los tiempos reales dependen del volumen de cada provincia, que en este proceso ha sido muy alto.

Consulta [la página de precios](https://iberfacil.es/es/precios) para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.

### Cómo funciona

1. **IDENTIFICAMOS EL TRÁMITE EXACTO** Miramos en qué estado está tu solicitud de la regularización extraordinaria, o si no llegaste a presentarla, qué otra vía tienes abierta.
2. **LISTA DE DOCUMENTOS Y PRESUPUESTO** Te pedimos el justificante de la solicitud, los requerimientos recibidos y tu prueba de permanencia. Precio cerrado por actuación.
3. **PRESENTACIÓN Y JUSTIFICANTE** Contestamos el requerimiento de subsanación o presentamos el recurso frente a la denegación, dentro de plazo y con justificante.
4. **SEGUIMIENTO Y SUBSANACIONES** Seguimos el expediente hasta la resolución y, si la vía se cierra, te orientamos hacia el trámite que corresponda.

#### Qué necesitas tener a mano

- Justificante de presentación de la solicitud, si la hiciste
- Pasaporte completo y en vigor
- Empadronamiento histórico y cualquier prueba de tu permanencia en España
- Requerimiento o resolución recibida, si ya te han contestado

### Preguntas frecuentes

¿SE HA AMPLIADO EL PLAZO?

No. El real decreto fijó el 30 de junio de 2026 como fecha límite y no era prorrogable.

NO PRESENTÉ A TIEMPO, ¿QUÉ ME QUEDA?

Depende de tu situación: arraigo social, sociolaboral, socioformativo, familiar o de segunda oportunidad, y en algunos casos protección internacional. Lo miramos contigo. Estudio de viabilidad gratis hasta el 5 de enero de 2027.

ME HAN PEDIDO DOCUMENTACIÓN.

Es lo normal en este proceso. Contestar completo y en plazo es lo que decide el expediente; ahí sí podemos ayudarte.

¿QUÉ AUTORIZACIÓN DAN?

Residencia y trabajo por un año, para cualquier sector y en todo el territorio español.

### SERVICIOS RELACIONADOS

Quien viene por «Regularización extraordinaria de 2026: seguimiento y alternativas» suele necesitar también alguno de estos trámites de Administración. Si tu caso mezcla varios, va en un solo expediente y un solo presupuesto.

- [Residencia y trabajo inicial](https://iberfacil.es/es/servicios/residencia-trabajo-inicial)
- [Renovación de residencia y trabajo](https://iberfacil.es/es/servicios/renovacion-residencia)
- [Residencia de larga duración](https://iberfacil.es/es/servicios/residencia-larga-duracion)
- [Reagrupación familiar](https://iberfacil.es/es/servicios/reagrupacion-familiar)

[Ver todo lo que hacemos en Administración](https://iberfacil.es/es/servicios/administracion)

 Este contenido es informativo y educativo: no constituye asesoramiento jurídico ni sustituye la consulta con un profesional. Si necesitas asesoramiento sobre tu caso, [ponte en contacto con nosotros](https://iberfacil.es/es/contacto).
