Condiciones generales de contratación
Una sola ventanilla: contratas con Iberfácil, te factura Iberfácil y responde Iberfácil, ejecute quien ejecute tu encargo.
Versión 1
1. Para qué sirve este documento
Aquí se explica qué contratas cuando contratas con Iberfácil: cómo se forma el encargo, qué te cuesta, en qué plazos, de qué responde cada uno y cómo se termina.
Estas condiciones se aplican a todos los servicios. Cada servicio puede tener además sus condiciones particulares, que concretan alcance, precio y plazos. Si una condición particular dice algo distinto de lo que dice aquí, manda la condición particular en aquello que regula; en todo lo demás, manda este documento.
Tu encargo concreto se documenta en una hoja de encargo, que es donde figuran el alcance, el precio y las fases de tu caso.
2. Quién presta el servicio: una sola ventanilla
Iberfácil presta el servicio directamente y te factura ella.
Esto significa, en concreto:
- El contrato es entre tú e IBERMÓVIL & HOSTING, S.L. (marca IBERFÁCIL). Tu interlocutor es Iberfácil.
- Para ejecutar tu encargo, Iberfácil usa los medios que considere adecuados: personal propio, profesionales autónomos contratados por ella, personal laboral, o despachos y peritos colaboradores subcontratados. Quien ejecuta responde ante Iberfácil; Iberfácil responde ante ti.
- Siempre te factura Iberfácil, por el importe completo del servicio. El profesional que ejecuta no te factura a ti ni te cobra a ti. Si alguien te pide un pago directo por un servicio contratado con Iberfácil, no lo hagas y avísanos.
- Siempre que un profesional identificable actúe en tu nombre —típicamente un abogado que te defiende, un procurador que te representa o un perito que firma un dictamen—, se te comunica quién es antes de que empiece a actuar, y ese profesional conserva su independencia técnica y su responsabilidad deontológica. Cuando el trabajo lo hace el equipo interno de Iberfácil sin que nadie actúe en tu nombre, no se te identifica a cada persona que interviene. Nada de esto rompe la ventanilla única: sigues contratando y pagando a Iberfácil.
3. Quién puede contratar
Puede contratar cualquier persona mayor de edad con capacidad para obligarse, y cualquier persona jurídica a través de quien la represente.
Si contratas en nombre de otra persona o de una empresa, declaras que tienes poder suficiente, y puede pedírsete que lo acredites.
4. Cómo se forma el encargo
4.1 Dos caminos
- Servicios directos. Servicios sencillos y tarifados (por ejemplo, un certificado digital o un informe de vehículo). Ves el precio, contratas, se ejecuta.
- Servicios con estudio previo. Antes de poder darte un precio hay que reunir los hechos y la documentación y valorar si tu caso es viable y a qué coste. El estudio de viabilidad es en sí mismo un servicio: tiene su alcance, su precio y su entregable, y se contrata aparte.
Cuál de los dos caminos sigue cada servicio está indicado en la ficha del servicio antes de contratar.
4.2 El circuito, paso a paso
- Contacto y recogida de datos. Nos cuentas tu caso por el canal que prefieras (web, teléfono, correo, mensajería, o en un Punto Iberfácil).
- Petición de documentación. Recibes una lista de documentos con un enlace para subirlos. La lista puede crecer a medida que se conoce tu caso: algunos documentos aparecen primero como opcionales y pasan a obligatorios en una fase posterior. Siempre ves en qué estado está cada uno y por qué se te pide.
- Estudio de viabilidad, si el servicio lo requiere.
- Presupuesto. Con alcance, fases, precio y plazos. Tiene fecha de caducidad.
- Aceptación y hoja de encargo. Aceptas el presupuesto y firmas la hoja de encargo. Ahí queda fijado qué se hace y qué cuesta.
- Pago o provisión de fondos, según lo que diga el presupuesto.
- Ejecución, con seguimiento en tu área privada.
No se inicia ninguna actuación con efectos para ti —presentar un escrito, interponer una demanda, contactar a un tercero en tu nombre— antes de que hayas aceptado el presupuesto y, cuando corresponda, otorgado la representación necesaria.
4.3 El presupuesto es por fases
Muchos servicios se presupuestan por fases: cada fase tiene su alcance, su precio y su plazo, y solo te obliga la fase que has aceptado.
- El presupuesto dice con claridad qué fases incluye, qué cubre cada una y qué no cubre.
- Terminada una fase, decides si continúas. No hay continuación automática a una fase no presupuestada.
- Si una fase no llega a ejecutarse, no se cobra.
4.4 Ampliación del encargo
Si durante la ejecución aparece trabajo que no estaba en el encargo —un recurso que no se preveía, una prueba pericial que pide el abogado, un requerimiento de la Administración, una fase nueva—:
- Te lo comunicamos antes de hacerlo, explicando qué es, por qué hace falta y qué cuesta.
- Se te entrega un anexo de ampliación con el alcance y el precio de ese trabajo adicional.
- No se ejecuta hasta que lo aceptas. Nada se cobra sin aceptación previa.
- Si no lo aceptas, se te explica qué consecuencias tiene para tu caso y el encargo continúa con el alcance original, o se cierra si no puede continuar.
Única excepción: actuaciones urgentes e inaplazables para evitarte un perjuicio grave e irreversible (un plazo que vence en horas). En ese caso se actúa, se te comunica de inmediato y se regulariza el anexo en cuanto sea posible; si no lo aceptas, solo se te cobran los costes efectivamente incurridos, sin margen.
5. Qué se te pide a ti
- Información veraz y completa. Tú respondes de la veracidad de los hechos y documentos que aportas. Si omites o falseas información relevante, Iberfácil no responde de las consecuencias, y puede resolver el encargo.
- Documentación a tiempo. Los plazos empiezan a contar cuando está completa la documentación necesaria, no desde la contratación.
- Colaboración. Comparecer cuando sea necesario, atender requerimientos, avisarnos de cualquier cambio relevante (domicilio, teléfono, notificaciones que recibas).
- Datos de contacto actualizados. Las comunicaciones se envían a los datos que nos hayas dado.
- No actuar en paralelo sin avisar. Si contratas a otro profesional para el mismo asunto o actúas por tu cuenta, dínoslo: puede afectar a la estrategia y a los plazos.
6. Representación y apoderamiento
Para tramitar en tu nombre suele hacer falta que nos apoderes. Según el trámite, la vía puede ser:
- Un mandato interno que firmas en la plataforma (es la vía normal y cubre la mayoría de la gestión administrativa ordinaria).
- Una inscripción en el Registro Electrónico de Apoderamientos, cuando el organismo lo exige.
- Un apud acta ante el juzgado, o un poder notarial, cuando el procedimiento lo exige.
En cada caso se te dice qué vía hace falta, qué tienes que hacer y en cuánto tiempo. Otorgar el apud acta o el poder notarial es un acto personal tuyo: te acompañamos e instruimos, pero no podemos hacerlo por ti.
Puedes revocar la representación en cualquier momento. La revocación corta las actuaciones futuras; no afecta a las ya realizadas ni a los importes ya devengados.
Si la Administración o el juzgado piden en mitad del expediente un poder de mayor rango que el que ya tienes otorgado, no es un error: se te avisa, se abre el trámite correspondiente y el resto del expediente sigue adelante mientras se resuelve.
Detalle completo en la política de firma electrónica.
7. Precio: tres bloques que nunca se mezclan
Todo presupuesto y toda factura separan visiblemente tres bloques:
7.1 Honorarios de Iberfácil
Lo que cobra Iberfácil por prestarte el servicio. Lleva el IVA que corresponda al servicio.
7.2 Costes de terceros repercutidos
Gastos que Iberfácil contrata en nombre propio para tu encargo (por ejemplo, un burofax, una traducción jurada, un desplazamiento). Se te repercuten con el IVA que corresponda y con el margen que, en su caso, figure en el presupuesto.
7.3 Suplidos
Tasas y pagos a la Administración y otros pagos que Iberfácil hace en tu nombre y por tu cuenta.
- El justificante se emite a tu nombre y con tu NIF, aunque materialmente lo pague Iberfácil.
- Se te refacturan por el importe exacto, sin margen y sin IVA. No forman parte de la base imponible de Iberfácil.
- Se conserva el justificante original en tu expediente y puedes descargarlo cuando quieras. Ese justificante es la prueba de que el importe es un suplido.
- Si en algún trámite concreto el justificante se emite a nombre de Iberfácil y no a tu nombre, ese importe no es un suplido: pasa a tratarse como coste repercutido, con el IVA que corresponda, y así figura en el presupuesto y en la factura. Cuando eso ocurre, se te dice antes.
8. Provisiones de fondos
En algunos servicios se te pide un anticipo antes de incurrir en gastos. Cuando ocurre:
- El presupuesto dice para qué es la provisión: para suplidos y costes de terceros, para honorarios, o para ambos, y en qué proporción.
- La provisión se liquida: se te rinde cuenta de en qué se ha aplicado, con los justificantes.
- El sobrante se te devuelve. No se retiene como saldo a favor de Iberfácil salvo que tú lo pidas por escrito.
9. Pago y documento que recibes
- El pago se hace por adelantado, salvo que el presupuesto diga otra cosa.
- Medios admitidos: los que se ofrezcan en cada momento en la plataforma (tarjeta, transferencia, enlace de pago) y, en los Puntos Iberfácil habilitados para ello, efectivo. El Punto entrega siempre justificante y el importe se registra igual en tu expediente.
Justificante de pago y factura. Por cada pago recibes un justificante de pago. La factura la emite siempre Iberfácil y puedes pedirla en cualquier momento.
10. Plazos
Los plazos que figuran en el presupuesto son estimaciones de trabajo de Iberfácil, y empiezan a contar desde que tenemos toda la documentación necesaria.
No dependen de Iberfácil, y por tanto no se garantizan: los plazos de respuesta de Administraciones y juzgados, la agenda de los órganos judiciales, la actuación de terceros y las incidencias de las sedes electrónicas. Si un plazo se altera, se te comunica.
11. Firma electrónica
Los documentos que firmas con Iberfácil se firman electrónicamente en la plataforma. El método (casilla de aceptación, código de un solo uso por SMS o correo, o tu propio certificado electrónico) depende del documento.
Cada firma genera un paquete de evidencias —qué documento se firmó, su huella digital, cómo se identificó al firmante, cuándo, desde dónde— que se conserva y se te entrega con el documento. El documento firmado lleva CSV y QR verificables.
Qué es exactamente esta firma, qué valor tiene y qué no, está en la política de firma electrónica.
12. Cómo nos comunicamos
- Área privada: es el canal principal. Ahí tienes el estado del expediente, los documentos y las comunicaciones.
- Correo electrónico y SMS: avisos y enlaces.
- WhatsApp: solo si lo has autorizado. Puedes darte de baja escribiendo STOP en el propio canal, sin perder el servicio: seguirás recibiendo las comunicaciones por los demás canales.
- Teléfono: si una llamada se graba, se te dice al inicio, se te explica para qué y puedes negarte sin perder el servicio.
- Asistentes de IA: cuando quien te atiende es un asistente de IA, se te dice, y puedes pedir hablar con una persona en cualquier momento (artículo 5 del aviso legal).
Las comunicaciones con efectos contractuales (presupuestos, anexos, resoluciones, requerimientos) se envían siempre por un medio que deje constancia y quedan en tu expediente.
13. De qué responde Iberfácil, y de qué no
13.1 Lo que sí
Iberfácil responde de la correcta prestación del servicio contratado, incluso cuando lo ejecuta materialmente un profesional colaborador. No puedes ser remitido a reclamar al profesional: tu interlocutor y tu responsable es Iberfácil.
En concreto, responde de:
- Prestar el servicio con la diligencia profesional exigible.
- Elegir profesionales con la titulación, colegiación y seguro en vigor que exija su actividad, y comprobarlo periódicamente.
- Cumplir los plazos que dependen de ella.
- Custodiar tu documentación y tus datos.
- Informarte del estado de tu asunto.
13.2 Lo que no
- El resultado. Un pleito, un recurso o una reclamación pueden perderse. Salvo que el presupuesto diga expresamente lo contrario, el encargo es de medios, no de resultado.
- Las decisiones de Administraciones, juzgados y terceros, y sus plazos.
- Las consecuencias de información falsa, incompleta o tardía que hayas aportado tú.
- Los daños derivados de causas de fuerza mayor.
- El criterio técnico del profesional que actúa, que es suyo y de su responsabilidad deontológica, sin que eso te impida reclamar a Iberfácil por la prestación del servicio.
14. Derecho de desistimiento (solo consumidores)
Si contratas como consumidor a distancia o fuera de establecimiento, tienes 14 días naturales para desistir sin dar explicaciones, contados desde la celebración del contrato.
- Puedes ejercerlo por cualquier medio; lo más sencillo es desde tu área privada o escribiendo a gestion@iberfacil.es.
- Si has pedido expresamente que el servicio empiece antes de que acaben esos 14 días y luego desistes, tendrás que pagar la parte proporcional del servicio ya prestado.
- El derecho se pierde si el servicio se ha ejecutado por completo dentro de ese plazo, habiéndolo pedido tú expresamente y habiendo reconocido que perdías el derecho.
- Si pediste que empezáramos antes y desistes con el trabajo ya iniciado, el trabajo iniciado se factura como completado: se descuenta de lo que hayas pagado y, si falta una parte por pagar, se te factura.
- Las provisiones de fondos destinadas a costes ya devengados o comprometidos con terceros (arancel de procurador, tasas, honorarios de perito) no se devuelven.
- Las devoluciones se hacen por el mismo medio de pago, en 14 días desde que ejerces el desistimiento.
15. Cancelación, cambio de profesional y resolución
- Puedes cancelar el encargo en cualquier momento. Se te liquida el trabajo efectivamente realizado y los gastos incurridos, y se te devuelve el resto.
- Puedes pedir cambio de profesional. Si es por abandono o mala praxis acreditada, el cambio no te cuesta nada. En otro caso, se te presupuesta el coste del cambio antes de hacerlo.
- Iberfácil puede resolver el encargo si aportas información falsa, si el encargo resulta contrario a la ley o a la deontología profesional, o si incumples de forma grave el pago. La resolución se comunica por escrito y motivada, con tiempo suficiente para que no pierdas plazos, y se te entrega todo tu expediente.
16. Suscripciones
Los servicios en suscripción se renuevan por periodos iguales salvo que canceles.
- Puedes cancelar hasta el día anterior a la renovación, desde el área privada o por escrito.
- Se te avisa de la renovación y de su importe con antelación razonable antes de cobrarla.
17. Impago
17.1 Si eres consumidor
El impago da lugar a la reclamación de la deuda y de los intereses legales, y puede suspender la prestación de servicios no pagados, previo aviso. No se aplican recargos fijos ni los intereses de la Ley 3/2004.
17.2 Si contratas como empresa o profesional
Se aplica la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales: intereses de demora y los costes de cobro que la propia ley reconoce.
17.3 En ambos casos
- La suspensión del servicio por impago no puede hacerte perder un plazo. Antes de suspender, se te avisa y se te informa de los plazos que corren en tu expediente.
- La inclusión en ficheros de solvencia patrimonial solo se hará si concurren todos los requisitos legales (deuda cierta, vencida, exigible, requerimiento previo de pago) y con la información previa que exige la ley.
18. Confidencialidad
Todo lo que nos cuentes y todo documento que nos entregues es confidencial. Solo acceden a ello las personas que necesitan hacerlo para tu encargo, y queda registrado quién accede y cuándo.
Los profesionales que intervienen están sujetos a su propio deber de secreto profesional, además del deber de confidencialidad que firman con Iberfácil.
Antes de aceptar un encargo, a un profesional colaborador solo se le muestra un informe interno sin tus datos identificativos: sabe qué hay que hacer, dónde y con qué antecedentes, pero no quién eres. Tus datos identificativos solo se abren cuando el encargo está confirmado y ese profesional va a trabajar tu caso.
19. Tus datos personales
Cómo se tratan, con qué finalidad, quién los recibe y cuánto se conservan está en la política de privacidad. Es un documento separado y forma parte de lo que aceptas al contratar.
20. Cambios en estas condiciones
- Iberfácil puede modificar estas condiciones. Los cambios se publican con su número de versión y su fecha.
- Los cambios no se aplican retroactivamente a un encargo en curso: tu encargo se rige por la versión que aceptaste, salvo que la ley obligue a otra cosa.
- Si contratas un servicio nuevo, se te muestra y aceptas la versión vigente en ese momento.
- Los cambios sustanciales en servicios de suscripción se te comunican con antelación y puedes cancelar sin penalización si no los aceptas.
21. Cesión
No puedes ceder tu posición contractual sin autorización de Iberfácil. Iberfácil puede ceder el contrato a otra sociedad del grupo o en caso de reestructuración, comunicándotelo y sin que empeoren tus condiciones.
22. Nulidad parcial
Si alguna cláusula resulta nula, el resto sigue en vigor, y las partes sustituirán la cláusula nula por otra válida con finalidad equivalente.
23. Ley aplicable, reclamaciones y jurisdicción
Estas condiciones se rigen por la ley española.
Reclamaciones. Escribe a gestion@iberfacil.es. Tienes respuesta en un máximo de un mes.
Jurisdicción. Si eres consumidor, los juzgados de tu domicilio. Si contratas como empresa o profesional, los juzgados de Miranda de Ebro (Burgos).
24. Versiones de este documento
Estas condiciones sustituyen íntegramente a las condiciones generales publicadas el 30/03/2025.
Cuando aceptas estas condiciones en la plataforma, queda registrado qué versión y en qué idioma se te mostró, y puedes descargar esa versión exacta desde tu área privada en cualquier momento.
En caso de discrepancia entre la versión española y cualquier traducción, prevalece la versión española.
La versión en español prevalece sobre cualquier traducción.