La ley obliga a tener protocolo, canal y una instrucción con garantías, y una PYME rara vez puede hacerlo bien por dentro: quien instruye conoce a las partes y eso vicia el resultado. Externalizarlo protege a la persona denunciante, a la empresa y a la prueba.
Lo que incluye: implantación del protocolo adaptado al tamaño y actividad de la empresa; canal de denuncias externo por correo, teléfono, formulario y videollamada; instructor externo independiente y resolución fundada del comité jurídico; comunicación a las autoridades cuando se detectan indicios de delito. Lo que no incluye: no sustituimos a la Inspección de Trabajo ni al juzgado: documentamos el procedimiento para que resista ante cualquiera de los dos.
Qué documentos necesitas
- Datos de la empresa y número de personas empleadas.
- Protocolo vigente si ya existe alguno.
- Convenio colectivo aplicable.
Plazos orientativos
Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.
Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 3 y 10 días laborables.
La instrucción de un expediente suele cerrarse en semanas; el plazo depende del número de personas implicadas y de las pruebas a valorar.
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