La ley obliga a tener un protocolo frente al acoso; el canal de denuncias obliga desde 50 trabajadores y en otros supuestos (Ley 2/2023), y con menos es voluntario. Una PYME rara vez puede instruir bien un caso por dentro: quien instruye conoce a las partes y eso vicia el resultado. Externalizarlo protege a la persona denunciante, a la empresa y a la prueba.
Lo que incluye: implantación del protocolo adaptado al tamaño y actividad de la empresa; canal de denuncias externo 100 % online, con teléfono opcional y coste aparte; instructor externo independiente y resolución fundada del comité jurídico; comunicación a las autoridades cuando se detectan indicios de delito. Lo que no incluye: no sustituimos a la Inspección de Trabajo ni al juzgado: documentamos el procedimiento para que resista ante cualquiera de los dos. IberFácil no es el Responsable del Sistema del canal: la decisión final es de la empresa. La asistencia letrada a las partes se contrata aparte.
QUÉ DOCUMENTOS NECESITAS
Datos de la empresa y número de personas empleadas.
Protocolo vigente si ya existe alguno.
Convenio colectivo aplicable.
PLAZOS ORIENTATIVOS
Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.
Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 3 y 10 días laborables.
En un caso estándar, la instrucción lleva orientativamente entre 30 y 45 días hábiles; depende del número de personas implicadas y de las pruebas a valorar.
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