Denunciar unos hechos con la prueba ordenada

Redactamos la denuncia o la querella, ordenamos la prueba y te acompañamos en la comparecencia y en la personación como acusación particular.

Denuncias y querellas

Qué incluye

  • Valoración de los hechos y de la vía penal adecuada
  • Redacción y presentación de la denuncia o querella
  • Personación como acusación particular y seguimiento del procedimiento

Qué incluye y qué no promete

Una denuncia mal redactada se archiva aunque los hechos sean ciertos. Lo que decide el recorrido es qué hechos se describen, en qué orden y con qué prueba se acompañan desde el primer día.

Lo que incluye: valoración de los hechos y de la vía penal adecuada; redacción y presentación de la denuncia o querella; personación como acusación particular y seguimiento del procedimiento. Lo que no incluye: no garantizamos que se admita a trámite ni que haya condena: lo decide el juzgado tras la instrucción.

Qué documentos necesitas

  • Relato escrito de los hechos con fechas.
  • Documentos, mensajes, fotografías o partes médicos.
  • Datos de los denunciados y de los testigos si los conoces.

Plazos orientativos

Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.

Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 2 y 6 días laborables.

La instrucción penal se mide en meses y a veces en años; el archivo o la apertura de juicio oral llega al final de esa fase.

Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.

Cómo funciona

Duración estimada: 6 días.

  1. Viabilidad y plazos

    Valoramos si los hechos son delito, si conviene denuncia o querella y qué prueba hace falta reunir antes.

  2. Profesional y presupuesto

    Te pedimos los documentos, mensajes, fotografías o informes que sostienen los hechos. Abogado penalista asignado; precio por escrito.

  3. Escrito y prueba

    Redactamos y presentamos la denuncia o la querella en el juzgado de instrucción y nos personamos como acusación particular.

  4. Vista y resolución

    Seguimos la instrucción, proponemos diligencias y te acompañamos hasta el juicio oral o el archivo.

Qué necesitas tener a mano

  • Relato escrito de los hechos con fechas
  • Documentos, mensajes, fotografías o partes médicos
  • Datos de los denunciados y de los testigos si los conoces

Preguntas frecuentes

¿Denuncia o querella?

La querella permite ser parte desde el principio y dirigir la instrucción. Te decimos cuál conviene en tu caso.

¿Puedo retirar la denuncia?

En delitos públicos el procedimiento sigue aunque la retires. Te lo explicamos antes de presentar.

¿Tengo derecho a indemnización?

La responsabilidad civil se reclama dentro del proceso penal. Lo incluimos en la personación.

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