Qué incluye
- Elección del epígrafe de actividad y del régimen fiscal
- Cumplimentación y presentación del modelo
- Explicación de qué modelos te tocan a partir de ese momento
Presentamos el modelo 036 con los epígrafes y las obligaciones correctas, que es lo que determina qué tendrás que declarar después.
Alta, baja y modificación censal (036): presentamos el modelo 036 con los epígrafes y las obligaciones correctas, que es lo que determina qué tendrás que declarar después. Lo hacemos nosotros de principio a fin, con profesionales de nuestra red, con presupuesto por escrito antes de empezar y el expediente a la vista en tu área de clientes. Te pedimos DNI, domicilio de la actividad y fecha de inicio.
El alta censal decide tu vida fiscal del año entero: el epígrafe de actividad, si estás en el régimen de IVA que te corresponde y qué modelos te van a exigir. Corregirlo después siempre cuesta más que hacerlo bien.
Lo que incluye: elección del epígrafe de actividad y del régimen fiscal; cumplimentación y presentación del modelo; explicación de qué modelos te tocan a partir de ese momento. Lo que no incluye: no incluye el alta en el RETA ante la Seguridad Social, que es un trámite distinto y se presupuesta aparte.
DNI o NIE y, si es sociedad, escritura y CIF.
Descripción real de la actividad que vas a ejercer.
Domicilio fiscal y de la actividad.
Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.
Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 1 y 3 días laborables.
El alta censal se presenta antes de empezar la actividad; el trámite solo se demora si la AEAT pide una aclaración.
Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.
Según la actividad que vas a hacer, te decimos qué epígrafe encaja y qué régimen de IVA e IRPF te corresponde.
Te pedimos DNI, domicilio de la actividad y fecha de inicio. Precio cerrado antes de rellenar nada.
Cumplimentamos y presentamos el modelo censal por la sede de la AEAT y te entregamos el justificante.
Te dejamos por escrito qué modelos trimestrales y anuales te tocan a partir de esa fecha, y te avisamos si Hacienda pide corregir el alta.
Ya no existe: desde febrero de 2025 todo se hace con el 036. Si te piden el 037, lo que corresponde es el 036.
Se puede declarar una fecha de inicio anterior, pero puede llevar recargo. Te decimos el riesgo antes.
No del todo: falta la Seguridad Social. Son dos altas y las hacemos las dos si quieres.
Quien viene por «Alta, baja y modificación censal (036)» suele necesitar también alguno de estos trámites. Si tu caso mezcla varios, va en un solo expediente y un solo presupuesto.
Dinos qué trámite necesitas, ante qué organismo y si hay algún plazo en marcha.
Cuéntanos tu caso y qué documentos tienes ya. Te decimos qué encaja, qué falta y cuánto cuesta.