Primera consulta, estudio de viabilidad y presupuesto gratis hasta el 5 de enero de 2027 Cuéntanos tu caso

Tu tarjeta caduca y hay que renovar

Primera consulta, estudio de viabilidad y presupuesto: Gratis hasta el 5 de enero de 2027 Cuéntanos tu caso

Renovación de autorizaciones de residencia y trabajo, con la ventana de plazo comprobada y la cotización revisada antes de presentar.

En resumen

Renovación de residencia y trabajo: renovación de autorizaciones de residencia y trabajo, con la ventana de plazo comprobada y la cotización revisada antes de presentar. Lo hacemos nosotros de principio a fin, con profesionales de nuestra red, con presupuesto por escrito antes de empezar y el expediente a la vista en tu área de clientes. Te pedimos la tarjeta actual, la vida laboral o los medios económicos y el empadronamiento.

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El servicio de un vistazo

Qué incluye

  • Comprobación de la ventana de plazo y de la cotización del periodo
  • Preparación y presentación telemática de la renovación
  • Seguimiento, subsanaciones y cita para la TIE

QUÉ INCLUYE Y QUÉ NO PROMETE

La renovación tiene una ventana de plazo antes y después de la caducidad, y presentar fuera de ella complica un expediente que iba bien. Lo segundo que decide es la cotización del periodo: si hay lagunas, hay que explicarlas, no esconderlas.

Lo que incluye: comprobación de la ventana de plazo y de la cotización del periodo; preparación y presentación telemática de la renovación; seguimiento, subsanaciones y cita para la TIE. Lo que no incluye: no garantizamos la concesión ni podemos acelerar a la administración: resuelve la Oficina de Extranjería o el Ministerio, en su plazo.

QUÉ DOCUMENTOS NECESITAS

  • Pasaporte completo y en vigor.

  • Certificado de empadronamiento, histórico si lo tienes.

  • Tarjeta de residencia actual (TIE).

  • Si trabajas por cuenta ajena: vida laboral actualizada y últimas nóminas.

  • Si trabajas por cuenta ajena: contrato vigente o acreditación de medios.

  • Si trabajas por cuenta propia: alta como autónomo y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

  • Si trabajas por cuenta propia: últimas declaraciones de IVA e IRPF.

PLAZOS ORIENTATIVOS

Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.

Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 3 y 8 días laborables.

Se solicita desde dos meses antes de que caduque hasta tres meses después; presentada en plazo, la autorización anterior se prorroga hasta la resolución. Plazo legal: tres meses; el efecto del silencio depende del tipo de renovación (estimatorio en residencia y trabajo por cuenta ajena).

Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.

Cómo funciona

  1. IDENTIFICAMOS EL TRÁMITE EXACTO

    Comprobamos en qué ventana de plazo estás para renovar y si tu cotización o tus medios del periodo cumplen lo que piden.

  2. LISTA DE DOCUMENTOS Y PRESUPUESTO

    Te pedimos la tarjeta actual, la vida laboral o los medios económicos y el empadronamiento. Precio cerrado, tasa aparte.

  3. PRESENTACIÓN Y JUSTIFICANTE

    Presentamos la renovación por vía telemática y guardamos el justificante, que solo acredita que estás en situación regular mientras se resuelve si presentaste en plazo (art. 80.1 del RD 1155/2024).

  4. SEGUIMIENTO Y SUBSANACIONES

    Seguimos la resolución, respondemos a las subsanaciones y pedimos la cita para la nueva tarjeta.

Qué necesitas tener a mano

  • Pasaporte completo y en vigor
  • Certificado de empadronamiento, histórico si lo tienes
  • Tarjeta de residencia actual (TIE)
  • Si trabajas por cuenta ajena: vida laboral actualizada y últimas nóminas
  • Si trabajas por cuenta ajena: contrato vigente o acreditación de medios
  • Si trabajas por cuenta propia: alta como autónomo y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
  • Si trabajas por cuenta propia: últimas declaraciones de IVA e IRPF

Preguntas frecuentes

SE ME CADUCÓ HACE SEMANAS.

Hay una ventana posterior a la caducidad. Escríbenos con la fecha exacta y lo comprobamos hoy.

HE COTIZADO POCO ESTE PERIODO.

No es automáticamente una denegación: hay que acreditar los medios y explicar las lagunas. Lo preparamos así.

¿PUEDO VIAJAR MIENTRAS SE RESUELVE?

Para viajar hace falta la autorización de regreso, que es un servicio aparte y tiene un máximo de 90 días.

SERVICIOS RELACIONADOS

Quien viene por «Renovación de residencia y trabajo» suele necesitar también alguno de estos trámites de Administración. Si tu caso mezcla varios, va en un solo expediente y un solo presupuesto.

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TU CASO

Dinos qué trámite necesitas, ante qué organismo y si hay algún plazo en marcha.

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Con esto te decimos qué se puede hacer y cuánto cuesta sin volver a preguntarte. Si no sabes algo, déjalo en blanco.

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