Qué incluye
- Comprobación de la ventana de plazo y de la cotización del periodo
- Preparación y presentación telemática de la renovación
- Seguimiento, subsanaciones y cita para la TIE
Renovación de autorizaciones de residencia y trabajo, con la ventana de plazo comprobada y la cotización revisada antes de presentar.
Renovación de residencia y trabajo: renovación de autorizaciones de residencia y trabajo, con la ventana de plazo comprobada y la cotización revisada antes de presentar. Lo hacemos nosotros de principio a fin, con profesionales de nuestra red, con presupuesto por escrito antes de empezar y el expediente a la vista en tu área de clientes. Te pedimos la tarjeta actual, la vida laboral o los medios económicos y el empadronamiento.
La renovación tiene una ventana de plazo antes y después de la caducidad, y presentar fuera de ella complica un expediente que iba bien. Lo segundo que decide es la cotización del periodo: si hay lagunas, hay que explicarlas, no esconderlas.
Lo que incluye: comprobación de la ventana de plazo y de la cotización del periodo; preparación y presentación telemática de la renovación; seguimiento, subsanaciones y cita para la TIE. Lo que no incluye: no garantizamos la concesión ni podemos acelerar a la administración: resuelve la Oficina de Extranjería o el Ministerio, en su plazo.
Pasaporte completo y en vigor.
Certificado de empadronamiento, histórico si lo tienes.
Tarjeta de residencia actual (TIE).
Si trabajas por cuenta ajena: vida laboral actualizada y últimas nóminas.
Si trabajas por cuenta ajena: contrato vigente o acreditación de medios.
Si trabajas por cuenta propia: alta como autónomo y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Si trabajas por cuenta propia: últimas declaraciones de IVA e IRPF.
Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.
Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 3 y 8 días laborables.
Se solicita desde dos meses antes de que caduque hasta tres meses después; presentada en plazo, la autorización anterior se prorroga hasta la resolución. Plazo legal: tres meses; el efecto del silencio depende del tipo de renovación (estimatorio en residencia y trabajo por cuenta ajena).
Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.
Comprobamos en qué ventana de plazo estás para renovar y si tu cotización o tus medios del periodo cumplen lo que piden.
Te pedimos la tarjeta actual, la vida laboral o los medios económicos y el empadronamiento. Precio cerrado, tasa aparte.
Presentamos la renovación por vía telemática y guardamos el justificante, que solo acredita que estás en situación regular mientras se resuelve si presentaste en plazo (art. 80.1 del RD 1155/2024).
Seguimos la resolución, respondemos a las subsanaciones y pedimos la cita para la nueva tarjeta.
Hay una ventana posterior a la caducidad. Escríbenos con la fecha exacta y lo comprobamos hoy.
No es automáticamente una denegación: hay que acreditar los medios y explicar las lagunas. Lo preparamos así.
Para viajar hace falta la autorización de regreso, que es un servicio aparte y tiene un máximo de 90 días.
Quien viene por «Renovación de residencia y trabajo» suele necesitar también alguno de estos trámites de Administración. Si tu caso mezcla varios, va en un solo expediente y un solo presupuesto.
Dinos qué trámite necesitas, ante qué organismo y si hay algún plazo en marcha.
Cuéntanos tu caso y qué documentos tienes ya. Te decimos qué encaja, qué falta y cuánto cuesta.