El certificado con el que firmas por tu empresa

Certificado cualificado de representante de entidad con o sin personalidad jurídica, con verificación de las facultades en el Registro Mercantil.

Certificado de representante de persona jurídica

Qué incluye

  • Comprobación previa de las facultades inscritas en el Registro Mercantil
  • Identificación del representante y emisión del certificado cualificado
  • Instalación asistida y prueba en la sede electrónica que uses

Qué incluye y qué no promete

Con el certificado de representante actúas en nombre de la sociedad ante la AEAT, la Seguridad Social y cualquier sede electrónica. Lo que más retrasa su emisión no es la identificación: es que las facultades inscritas no coincidan con lo que dice la escritura.

Lo que incluye: comprobación previa de las facultades inscritas en el Registro Mercantil; identificación del representante y emisión del certificado cualificado; instalación asistida y prueba en la sede electrónica que uses. Lo que no incluye: no incluye la inscripción registral del nombramiento cuando las facultades no constan inscritas, que se presupuesta aparte.

Qué documentos necesitas

  • DNI o NIE en vigor del representante.
  • CIF de la entidad y escritura de nombramiento.
  • Nota simple del Registro Mercantil, que podemos obtener nosotros.

Plazos orientativos

Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.

Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 1 y 4 días laborables.

La emisión suele completarse en uno o dos días cuando las facultades están correctamente inscritas.

Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.

Cómo funciona

Duración estimada: 4 días.

  1. Elegimos el certificado

    Comprobamos en el Registro Mercantil que tus facultades de representación están inscritas y vigentes antes de pedir nada.

  2. Identificación

    Te pedimos tu DNI y los datos de la sociedad; la nota del Registro la obtenemos nosotros. Te identificamos por vídeo o en persona.

  3. Emisión e instalación

    Se emite el certificado cualificado de representante y lo instalamos en el equipo desde el que vas a firmar.

  4. Prueba real y copia

    Probamos juntos el acceso a la sede que uses con la empresa, y te avisamos de que un cambio de administrador obliga a revocarlo.

Qué necesitas tener a mano

  • DNI o NIE en vigor del representante
  • CIF de la entidad y escritura de nombramiento
  • Nota simple del Registro Mercantil, que podemos obtener nosotros

Preguntas frecuentes

¿Sirve para la AEAT y la Seguridad Social?

Sí. Es el certificado con el que se opera habitualmente en las sedes electrónicas en nombre de la entidad.

Soy administrador mancomunado.

Se puede emitir, con las limitaciones que resulten de las facultades inscritas. Lo comprobamos antes.

¿Y si mi nombramiento no está inscrito?

Hay que inscribirlo primero. Te decimos el coste y el plazo, y lo tramitamos si quieres.

¿Es lo mismo que un sello de empresa?

No. El sello firma de forma automatizada en nombre de la entidad; el de representante lo usa una persona.

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