Primera autorización de residencia y trabajo

Autorización inicial por cuenta ajena o por cuenta propia, con la empresa o el proyecto revisados antes de presentar.

Residencia y trabajo inicial

Qué incluye

  • Revisión de la oferta o del proyecto frente a los requisitos de la autorización
  • Comprobación de la situación de la empresa y de su capacidad de contratación
  • Presentación del expediente, seguimiento y trámites posteriores de visado o TIE

Qué incluye y qué no promete

La autorización inicial se juega en dos sitios: que la oferta o el proyecto cumplan lo que exige la norma, y que la documentación de la empresa esté al corriente. Un expediente con la empresa con deudas en Seguridad Social se deniega aunque todo lo demás esté bien.

Lo que incluye: revisión de la oferta o del proyecto frente a los requisitos de la autorización; comprobación de la situación de la empresa y de su capacidad de contratación; presentación del expediente, seguimiento y trámites posteriores de visado o TIE. Lo que no incluye: no garantizamos la concesión ni podemos acelerar a la administración: resuelve la Oficina de Extranjería o el Ministerio, en su plazo.

Qué documentos necesitas

  • Pasaporte completo y en vigor.
  • Certificado de empadronamiento, histórico si lo tienes.
  • Tarjeta de residencia o resolución anterior, si la hay.
  • Contrato u oferta de trabajo, o memoria del proyecto por cuenta propia.
  • Documentación de la empresa: alta, corriente de pagos y capacidad económica.

Plazos orientativos

Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.

Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 6 y 14 días laborables.

La resolución suele producirse en unos meses; después quedan el visado, en su caso, y la toma de huellas para la TIE.

Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.

Cómo funciona

Duración estimada: 14 días.

  1. Identificamos el trámite exacto

    Revisamos la oferta de trabajo o el proyecto por cuenta propia frente a los requisitos de la autorización, y la situación de la empresa que contrata.

  2. Lista de documentos y presupuesto

    Te damos la lista para el trabajador y para la empresa: contrato, solvencia, cotizaciones al corriente. Precio cerrado, tasa aparte.

  3. Presentación y justificante

    Presentamos la solicitud de autorización inicial y, concedida, preparamos el visado en el consulado.

  4. Seguimiento y subsanaciones

    Seguimos cada fase: autorización, visado, entrada y alta; y te avisamos del plazo para la tarjeta de identidad de extranjero.

Qué necesitas tener a mano

  • Pasaporte completo y en vigor
  • Certificado de empadronamiento, histórico si lo tienes
  • Tarjeta de residencia o resolución anterior, si la hay
  • Contrato u oferta de trabajo, o memoria del proyecto por cuenta propia
  • Documentación de la empresa: alta, corriente de pagos y capacidad económica

Preguntas frecuentes

¿Sirve cualquier contrato?

No: jornada, duración y salario tienen que cumplir lo que exige la autorización. Lo revisamos antes de firmar.

¿Y por cuenta propia?

También lo tramitamos. Ahí lo que se revisa es la memoria del proyecto, la inversión y las autorizaciones sectoriales.

¿Tengo que salir de España?

Depende de la modalidad. Te lo decimos en la primera lectura, antes de empezar.

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