Entran en vigor las nuevas normas de circulación: guantes para motoristas y más protección a ciclistas

Desde el 1 de octubre de 2026 rige la reforma del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 518/2026): guantes y calzado cerrado para motoristas, casco homologado en ciclomotores, adelantamientos a ciclistas con más cautela y reglas nuevas para los patinetes.

Calle con carril bici: un ciclista con casco y un motorista parado en un semáforo, ambos de espaldas

El 1 de octubre de 2026 entró en vigor el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que modifica el Reglamento General de Circulación en materia de protección a usuarios vulnerables de la vía. Se publicó en el BOE el 26 de junio. La reforma afecta a motoristas, ciclistas, peatones y usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, y añade un título nuevo con normas específicas para zonas urbanas.

Motos y ciclomotores

El reglamento exige ahora a conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores:

  • Casco de protección homologado conforme al Reglamento UNECE R22, bien abrochado y en todo tipo de vías.

  • Guantes de protección en vías interurbanas.

  • Calzado cerrado, que cubra todo el pie, en todo tipo de vías.

Quedan exentos del casco, los guantes y el calzado los vehículos con estructura de autoprotección y cinturones de seguridad, siempre que así conste en su documentación; en ese caso deben usar el cinturón. El decreto prevé periodos transitorios: los usuarios de ciclomotores pueden seguir usando cascos certificados durante un año desde la entrada en vigor, y, hasta que el Ministerio del Interior regule por orden las especificaciones técnicas de los guantes, valen los de características equivalentes a los que se usan actualmente.

Ciclistas

El casco es obligatorio para los ciclistas en vías interurbanas y, para los menores de dieciséis años, en todo tipo de vías. Los profesionales que trabajan en bicicleta deben usarlo también en vías urbanas y travesías. En el ámbito urbano, el reglamento señala que la bicicleta circulará con carácter general por la calzada y preferentemente por el centro del carril.

El nuevo artículo 85.4 regula los adelantamientos a ciclistas (y también a ciclomotores, patinetes y peatones, entre otros). El conductor que adelanta debe dejar una anchura de seguridad de al menos 1,5 metros o, cuando la calzada tiene más de un carril por sentido, cambiar completamente de carril. Fuera de poblado, además, debe reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía antes de iniciar la maniobra y durante toda su ejecución.

Casco de moto, guantes y botas cerradas dispuestos sobre el asfalto

Patinetes y otros vehículos de movilidad personal

La norma fija en quince años la edad mínima para conducirlos y prohíbe circular por las aceras. El casco es obligatorio. El alumbrado diurno se exigirá a partir de un año desde la entrada en vigor.

Peatones y zonas urbanas

El texto da un papel central a la acera como espacio exclusivo de los peatones en las vías urbanas y añade un título nuevo con normas específicas para zonas urbanas, entre ellas el reconocimiento de los caminos escolares seguros y la posibilidad de que los ayuntamientos regulen restricciones medioambientales.

Qué conviene saber

La reforma fija obligaciones de equipamiento y de conducta, no cuantías de multas; para esas hay que acudir a la normativa de tráfico y a las ordenanzas municipales. Si recibes una sanción de tráfico y quieres saber cómo responder, puedes consultar nuestra guía sobre cómo recurrir una multa de tráfico.

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