Verifactu y la pyme: un año más de margen no es lo mismo que un problema resuelto

Análisis. El aplazamiento a 2027 alivia la caja de las empresas pequeñas, pero deja intacto el problema de fondo: una obligación técnica cuyo coste y cuyo riesgo recaen sobre quien menos capacidad tiene para absorberlos.

El segundo aplazamiento de Verifactu ha sido recibido con alivio en casi todos los despachos y en casi todas las pymes. El alivio es comprensible y, en parte, merecido: cambiar el programa con el que se factura no es cambiar de proveedor de telefonía, y hacerlo con prisas en mitad de un ejercicio es la vía más rápida para acabar emitiendo mal las facturas. Un año más de margen evita eso. Lo que no evita es lo demás.

EL COSTE NO DESAPARECE, SE APLAZA

La obligación llega igual: 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto. Quien facture con una hoja de cálculo, con un programa antiguo sin mantenimiento o con un desarrollo propio hecho hace diez años tendrá que sustituirlo o contratar a alguien que lo adapte. Ese gasto no lo compensa ninguna deducción específica, y para un negocio de dos o tres personas no es marginal.

Hay además un coste invisible que casi nadie contabiliza: el del tiempo. Migrar un histórico de clientes, series de facturación y formatos de factura consume semanas de la persona que además atiende a los clientes. En una empresa grande eso lo hace un departamento. En una pyme lo hace el dueño, por la noche.

EL RIESGO ESTÁ MAL REPARTIDO

El punto que más me preocupa es el reparto de responsabilidades. El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria sanciona con 50.000 euros por ejercicio la simple tenencia de un sistema no conforme, y con 150.000 euros la fabricación o comercialización de esos sistemas. La primera multa la paga el usuario; la segunda, el fabricante. El problema es que la conformidad la decide el diseño del programa, no el usuario, que no tiene forma razonable de auditar un binario.

La declaración responsable que el reglamento exige al productor es el mecanismo previsto para resolverlo, y conviene exigirla y archivarla. Pero una declaración responsable no es un certificado emitido por la Administración: si el programa resulta no cumplir, el empresario tendrá que discutir su diligencia en un procedimiento sancionador que empieza con una cifra de cinco dígitos sobre la mesa.

QUÉ SERÍA RAZONABLE PEDIR

No discuto el objetivo. Un registro de facturación inalterable y trazable es una herramienta legítima contra el fraude, y quien factura todo lo que cobra no tiene nada que temer de ella. Discuto la proporción. Tres cosas harían esta transición mucho menos gravosa sin tocar el fondo de la norma: un registro público y consultable de programas declarados conformes, para que el empresario pueda comprobar en treinta segundos qué está usando; una graduación real de la sanción por tenencia, que hoy es una multa fija idéntica para una consultora de doscientos empleados y para una peluquería; y un periodo inicial de acompañamiento en el que la primera incidencia se corrija en lugar de sancionarse.

Mi recomendación práctica para los próximos meses es la contraria a la que invita el aplazamiento: no esperar. Pedir ahora la declaración de conformidad al proveedor, fijar fecha de migración antes del verano de 2027 y probar la emisión en paralelo. El margen existe justamente para usarlo con calma, no para gastarlo.

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