Tienes una oferta de trabajo y dos años en España

Arraigo sociolaboral: dos años de permanencia y un contrato de trabajo en las condiciones que exige la autorización inicial por cuenta ajena.

Arraigo sociolaboral

Qué incluye

  • Revisión del contrato antes de firmarlo, frente a los requisitos de la autorización
  • Preparación y presentación del expediente completo
  • Seguimiento, subsanaciones y alta en Seguridad Social una vez concedido

Qué incluye y qué no promete

Es la vía del Reglamento de 2024 para quien lleva dos años aquí y consigue un contrato. El expediente se cae casi siempre por el contrato: jornada, duración y salario tienen que cumplir lo que exige la autorización inicial por cuenta ajena, y eso hay que revisarlo antes de firmarlo.

Lo que incluye: revisión del contrato antes de firmarlo, frente a los requisitos de la autorización; preparación y presentación del expediente completo; seguimiento, subsanaciones y alta en Seguridad Social una vez concedido. Lo que no incluye: no garantizamos la concesión ni podemos acelerar a la administración: resuelve la Oficina de Extranjería o el Ministerio, en su plazo.

Qué documentos necesitas

  • Pasaporte completo y en vigor.
  • Certificado de empadronamiento, histórico si lo tienes.
  • Tarjeta de residencia o resolución anterior, si la hay.
  • Contrato de trabajo firmado o propuesta con jornada, duración y salario.
  • Certificado de antecedentes penales apostillado y traducido.

Plazos orientativos

Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.

Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 5 y 12 días laborables.

Tres meses desde que el expediente entra completo. Conviene que la empresa lo sepa: el contrato tiene que seguir en pie cuando se resuelva.

Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.

Cómo funciona

Duración estimada: 12 días.

  1. Identificamos el trámite exacto

    Revisamos la oferta o el contrato antes de que lo firmes: jornada, salario y duración tienen que cumplir lo que exige la autorización.

  2. Lista de documentos y presupuesto

    Te pedimos el contrato firmado, la prueba de permanencia, el empadronamiento y los antecedentes. Precio cerrado, tasa aparte.

  3. Presentación y justificante

    Presentamos el expediente completo por vía telemática y guardamos el justificante en tu expediente.

  4. Seguimiento y subsanaciones

    Seguimos la resolución y, concedida la autorización, coordinamos el alta en la Seguridad Social y la cita para la tarjeta.

Qué necesitas tener a mano

  • Pasaporte completo y en vigor
  • Certificado de empadronamiento, histórico si lo tienes
  • Tarjeta de residencia o resolución anterior, si la hay
  • Contrato de trabajo firmado o propuesta con jornada, duración y salario
  • Certificado de antecedentes penales apostillado y traducido

Preguntas frecuentes

Mi contrato es a media jornada, ¿vale?

Depende de la jornada y del salario resultante frente al mínimo exigible. Mándanos el contrato antes de firmarlo y te lo decimos.

¿Vale una oferta o hace falta contrato firmado?

Se admite la oferta o el contrato según el caso; lo comprobamos con el expediente delante.

¿Y si la empresa se echa atrás?

El expediente decae. Por eso conviene tener la empresa informada de los plazos desde el principio.

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Quien viene por «Arraigo sociolaboral» suele necesitar también alguno de estos trámites de Administración. Si tu caso mezcla varios, va en un solo expediente y un solo presupuesto.

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