Tu empresa te debe nóminas, horas o pagas

Calculamos lo que se te debe con el convenio aplicable, presentamos papeleta de conciliación y demandamos ante el juzgado de lo social.

Reclamación de cantidad laboral

Qué incluye

  • Cálculo de lo adeudado con el convenio colectivo aplicable
  • Papeleta de conciliación ante el organismo de mediación
  • Demanda y juicio ante el juzgado de lo social

Qué incluye y qué no promete

Las deudas salariales prescriben al año desde que se debieron pagar, así que cada mes que pasa se pierde uno por atrás. El cálculo se hace con el convenio, no con lo que ponga el contrato si el contrato pagaba de menos.

Lo que incluye: cálculo de lo adeudado con el convenio colectivo aplicable; papeleta de conciliación ante el organismo de mediación; demanda y juicio ante el juzgado de lo social. Lo que no incluye: no incluye la reclamación al FOGASA en caso de insolvencia empresarial, que se tramita aparte.

Qué documentos necesitas

  • Nóminas del periodo reclamado y contrato de trabajo.
  • Registro horario o prueba de las horas realizadas.
  • Convenio colectivo aplicable si lo conoces.

Plazos orientativos

Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.

Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 3 y 7 días laborables.

La conciliación se señala en semanas y el juicio en meses; si la empresa es insolvente, se abre la vía del FOGASA.

Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.

Cómo funciona

Duración estimada: 7 días.

  1. Viabilidad y plazos

    Calculamos lo que te deben con el convenio colectivo aplicable: salarios, horas extra, pagas, vacaciones no disfrutadas.

  2. Profesional y presupuesto

    Te pedimos el contrato, las nóminas, los cuadrantes o registros de jornada y las transferencias recibidas. Precio por escrito.

  3. Escrito y prueba

    Presentamos la papeleta de conciliación ante el organismo de mediación y, sin acuerdo, la demanda ante el juzgado de lo social.

  4. Vista y resolución

    Asistimos al juicio y, con la sentencia, reclamamos también al Fondo de Garantía Salarial si la empresa no puede pagar.

Qué necesitas tener a mano

  • Nóminas del periodo reclamado y contrato de trabajo
  • Registro horario o prueba de las horas realizadas
  • Convenio colectivo aplicable si lo conoces

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar sin dejar el trabajo?

Sí. Y si te despiden por reclamar, ese despido tiene un tratamiento específico.

Me pagaban parte en negro.

Es más difícil de probar, pero no imposible. Miramos qué prueba tienes.

La empresa ha cerrado.

Queda la reclamación y después el FOGASA, con sus límites. Te explicamos cuánto cubre.

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