Qué incluye
- Solicitud de notas simples, certificaciones y notas de cargas
- Legalización de libros y depósito de cuentas anuales
- Inscripción de cambios de administrador, domicilio u objeto social
Notas simples, certificaciones de denominación, legalización de libros, depósito de cuentas e inscripción de cambios societarios.
Registro Mercantil: notas, certificaciones y depósitos. Notas simples, certificaciones de denominación, legalización de libros, depósito de cuentas e inscripción de cambios societarios. Lo hacemos nosotros de principio a fin, con profesionales de nuestra red, con presupuesto por escrito antes de empezar y el expediente a la vista en tu área de clientes. Te pedimos los datos de la sociedad y, para una inscripción, la escritura o el acta que la sustenta.
El Registro Mercantil es donde una sociedad existe frente a terceros. Un cambio de administrador que no se inscribe tiene consecuencias que se notan cuando ya es tarde. Y si no se depositan las cuentas, el Registro se cierra a nuevas inscripciones (LSC, art. 282).
Lo que incluye: solicitud de notas simples, certificaciones y notas de cargas; legalización de libros y depósito de cuentas anuales; inscripción de cambios de administrador, domicilio u objeto social. Lo que no incluye: no incluye la elaboración de las cuentas anuales, la escritura notarial ni los aranceles del Registro y de la notaría, que se presupuestan o se abonan aparte.
Denominación social y CIF.
Acta o escritura del acuerdo que se inscribe.
Cuentas anuales formuladas y aprobadas, si el trámite es el depósito.
Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.
Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 2 y 6 días laborables.
El Registro Mercantil califica e inscribe en quince días desde el asiento de presentación (treinta si hay justa causa); si hay defectos, se abre un plazo para subsanar.
Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.
Te decimos qué necesitas del Registro Mercantil: una nota simple, una certificación, legalizar libros, depositar cuentas o inscribir un cambio.
Te pedimos los datos de la sociedad y, para una inscripción, la escritura o el acta que la sustenta. Precio cerrado, aranceles aparte.
Presentamos la solicitud o el depósito por vía telemática ante el Registro que corresponde.
Seguimos la calificación registral y, si el registrador pone un defecto, lo corregimos y volvemos a presentar.
El Registro no inscribe otros documentos hasta que se depositen las cuentas, salvo ceses, revocación de poderes, disolución y liquidadores (LSC, art. 282). Además, la sociedad se expone a una multa de 1.200 a 60.000 € (LSC, art. 283). Se puede regularizar, y te decimos el orden y el coste.
Se subsana dentro del plazo de vigencia del asiento. Lo gestionamos.
Quien viene por «Registro Mercantil: notas, certificaciones y depósitos» suele necesitar también alguno de estos trámites de Administración. Si tu caso mezcla varios, va en un solo expediente y un solo presupuesto.
Dinos qué trámite necesitas, ante qué organismo y si hay algún plazo en marcha.
Cuéntanos tu caso y qué documentos tienes ya. Te decimos qué encaja, qué falta y cuánto cuesta.