Qué incluye
- Lectura del requerimiento y de su alcance real
- Preparación de la documentación y del escrito de contestación
- Presentación por la sede electrónica y justificante
- Aviso si llega una segunda comunicación
Leemos qué te piden exactamente, reunimos lo que hay que aportar y contestamos en plazo por la sede de la AEAT.
Un requerimiento de la AEAT tiene plazo y consecuencias: no contestar convierte una discrepancia en una liquidación con recargo. Lo primero es entender qué te piden de verdad, que casi nunca es lo que parece en la primera lectura.
Lo que incluye: lectura del requerimiento y de su alcance real; preparación de la documentación y del escrito de contestación; presentación por la sede electrónica y justificante; aviso si llega una segunda comunicación. Lo que no incluye: no podemos evitar una regularización si los datos que Hacienda tiene son correctos; en ese caso te decimos cuánto es y qué opciones de pago tienes.
Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.
Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 3 y 7 días laborables.
La AEAT suele responder en semanas o pocos meses; si abre comprobación limitada, el procedimiento tiene sus propios plazos.
Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.
Duración estimada: 7 días.
Leemos el requerimiento entero, incluida la letra pequeña, y te decimos qué procedimiento ha abierto Hacienda y hasta qué día hay para contestar.
Te pedimos sólo los justificantes que responden a lo que preguntan: el modelo afectado, las facturas o extractos concretos. Precio cerrado antes de empezar.
Redactamos la contestación, adjuntamos la prueba ordenada y la presentamos por la sede de la AEAT. El justificante de registro queda en tu expediente.
Si Hacienda vuelve a escribir, propone liquidación o abre comprobación, te avisamos el mismo día y te explicamos qué opciones quedan y qué cuesta cada una.
Hacienda resuelve con los datos que tiene y normalmente con recargo o sanción. Contestar en plazo casi siempre sale más barato.
En muchos procedimientos sí, y la pedimos cuando la documentación no da tiempo a reunirse. No se concede siempre.
No necesariamente. Un requerimiento suele ser una comprobación limitada; te decimos ante cuál estás en cuanto leemos el documento.
Quien viene por «Contestación a requerimiento de Hacienda» suele necesitar también alguno de estos trámites de Administración. Si tu caso mezcla varios, va en un solo expediente y un solo presupuesto.
Dinos qué trámite necesitas, ante qué organismo y si hay algún plazo en marcha.
Cuéntanos tu caso y qué documentos tienes ya. Te decimos qué encaja, qué falta y cuánto cuesta.