Te ha llegado un requerimiento de Hacienda

Leemos qué te piden exactamente, reunimos lo que hay que aportar y contestamos en plazo por la sede de la AEAT.

Contestación a requerimiento de Hacienda

Qué incluye

  • Lectura del requerimiento y de su alcance real
  • Preparación de la documentación y del escrito de contestación
  • Presentación por la sede electrónica y justificante
  • Aviso si llega una segunda comunicación

Qué incluye y qué no promete

Un requerimiento de la AEAT tiene plazo y consecuencias: no contestar convierte una discrepancia en una liquidación con recargo. Lo primero es entender qué te piden de verdad, que casi nunca es lo que parece en la primera lectura.

Lo que incluye: lectura del requerimiento y de su alcance real; preparación de la documentación y del escrito de contestación; presentación por la sede electrónica y justificante; aviso si llega una segunda comunicación. Lo que no incluye: no podemos evitar una regularización si los datos que Hacienda tiene son correctos; en ese caso te decimos cuánto es y qué opciones de pago tienes.

Qué documentos necesitas

  • El requerimiento completo, con su número de referencia.
  • La declaración o el modelo al que se refiere.
  • Facturas, extractos o justificantes de lo que te piden acreditar.

Plazos orientativos

Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.

Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 3 y 7 días laborables.

La AEAT suele responder en semanas o pocos meses; si abre comprobación limitada, el procedimiento tiene sus propios plazos.

Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.

Cómo funciona

Duración estimada: 7 días.

  1. Identificamos el trámite exacto

    Leemos el requerimiento entero, incluida la letra pequeña, y te decimos qué procedimiento ha abierto Hacienda y hasta qué día hay para contestar.

  2. Lista de documentos y presupuesto

    Te pedimos sólo los justificantes que responden a lo que preguntan: el modelo afectado, las facturas o extractos concretos. Precio cerrado antes de empezar.

  3. Presentación y justificante

    Redactamos la contestación, adjuntamos la prueba ordenada y la presentamos por la sede de la AEAT. El justificante de registro queda en tu expediente.

  4. Seguimiento y subsanaciones

    Si Hacienda vuelve a escribir, propone liquidación o abre comprobación, te avisamos el mismo día y te explicamos qué opciones quedan y qué cuesta cada una.

Qué necesitas tener a mano

  • El requerimiento completo, con su número de referencia
  • La declaración o el modelo al que se refiere
  • Facturas, extractos o justificantes de lo que te piden acreditar

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no contesto?

Hacienda resuelve con los datos que tiene y normalmente con recargo o sanción. Contestar en plazo casi siempre sale más barato.

¿Podéis pedir una ampliación de plazo?

En muchos procedimientos sí, y la pedimos cuando la documentación no da tiempo a reunirse. No se concede siempre.

¿Esto es una inspección?

No necesariamente. Un requerimiento suele ser una comprobación limitada; te decimos ante cuál estás en cuanto leemos el documento.

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Tu caso

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