Recurrir un recibo municipal que no cuadra

Revisamos y recurrimos liquidaciones de IBI, plusvalía municipal, tasa de residuos y vados, y pedimos la devolución de lo ingresado indebidamente.

Tributos locales: IBI, plusvalía, basuras y vados

Qué incluye

  • Revisión del recibo y del expediente que lo origina
  • Recurso de reposición o reclamación ante el órgano económico-administrativo municipal
  • Solicitud de devolución de ingresos indebidos cuando procede

Qué incluye y qué no promete

Los recibos municipales se pagan por inercia, y algunos no deberían pagarse: una plusvalía sobre una venta con pérdidas, un IBI con un valor catastral mal asignado, una tasa de un servicio que no se presta. Comprobarlo cuesta poco.

Lo que incluye: revisión del recibo y del expediente que lo origina; recurso de reposición o reclamación ante el órgano económico-administrativo municipal; solicitud de devolución de ingresos indebidos cuando procede. Lo que no incluye: no garantizamos la devolución: depende de que el defecto exista y de que el plazo siga abierto.

Qué documentos necesitas

  • Recibo o liquidación completa.
  • Escrituras de compra y de venta si se recurre plusvalía.
  • Referencia catastral del inmueble.

Plazos orientativos

Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.

Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 3 y 7 días laborables.

Los ayuntamientos resuelven en meses; algunos admiten silencio positivo y otros no, así que se vigila el expediente.

Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.

Cómo funciona

Duración estimada: 7 días.

  1. Identificamos el trámite exacto

    Revisamos el recibo o la liquidación municipal y te decimos si hay motivo para recurrir y si el plazo sigue abierto.

  2. Lista de documentos y presupuesto

    Te pedimos el recibo, la notificación y la escritura o el documento que origina el tributo. Precio cerrado.

  3. Presentación y justificante

    Presentamos el recurso de reposición o la reclamación ante el órgano municipal, y la solicitud de devolución si procede.

  4. Seguimiento y subsanaciones

    Seguimos la resolución y te decimos si conviene seguir en vía contenciosa cuando se desestima.

Qué necesitas tener a mano

  • Recibo o liquidación completa
  • Escrituras de compra y de venta si se recurre plusvalía
  • Referencia catastral del inmueble

Preguntas frecuentes

Vendí con pérdidas y me cobran plusvalía.

Es el caso más claro para recurrir. Necesitamos las dos escrituras para acreditarlo.

¿Hasta cuándo puedo reclamar?

Depende de si es liquidación o autoliquidación. Lo primero que miramos es el plazo.

Pagué hace años.

Puede caber devolución de ingresos indebidos dentro del plazo de prescripción. Lo comprobamos.

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Puedes adjuntar hasta 5 archivos de hasta 10 MB cada uno: PDF o fotos. Si no los tienes a mano, envía la solicitud igual.

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