Qué incluye
- Estudio de motivos de impugnación y de probabilidad de éxito
- Redacción y presentación del recurso o de la reclamación
- Solicitud de suspensión de la ejecución cuando procede
- Seguimiento hasta la resolución
Estudiamos si la liquidación o la sanción se sostiene, y recurrimos en reposición o ante el Tribunal Económico-Administrativo dentro del plazo de un mes.
Recurso de reposición y reclamación económico-administrativa: estudiamos si la liquidación o la sanción se sostiene, comprobamos el plazo de un mes desde la notificación y recurrimos en reposición o ante el Tribunal Económico-Administrativo. Lo hacemos nosotros de principio a fin, con profesionales de nuestra red, con presupuesto por escrito antes de empezar y el expediente a la vista en tu área de clientes. Te pedimos la resolución completa, el expediente si lo tienes y la prueba que sostiene cada motivo.
Contra una liquidación o una sanción tributaria hay un mes para recurrir, y pasado ese plazo la deuda queda firme aunque tuvieras razón. Lo primero es ver si el recurso tiene recorrido real: si no lo tiene, te lo decimos antes de empezar.
Lo que incluye: estudio de motivos de impugnación y de probabilidad de éxito; redacción y presentación del recurso o de la reclamación; solicitud de suspensión de la ejecución cuando procede; seguimiento hasta la resolución. Lo que no incluye: no garantizamos la estimación del recurso: resuelve la propia administración o el tribunal económico-administrativo.
Liquidación o acuerdo sancionador completo, con su notificación.
Documentación del expediente que originó la deuda.
Alegaciones anteriores si ya presentaste alguna.
Respondemos a tu consulta en 1 día laborable y te enviamos el presupuesto por escrito en 2 días laborables.
Con la documentación completa, preparamos el expediente entre 5 y 10 días laborables.
El plazo legal para resolver es de un mes en reposición y un año en la reclamación, con silencio desestimatorio; no depende de nosotros.
Consulta la página de precios para ver cómo cobramos este tipo de asuntos.
Leemos la liquidación o la sanción y te decimos si conviene reposición ante la propia oficina o ir directamente al tribunal económico-administrativo, y con qué argumentos.
Te pedimos la resolución completa, el expediente si lo tienes y la prueba que sostiene cada motivo. Presupuesto por escrito de cada instancia antes de empezar.
Redactamos el recurso o la reclamación, pedimos la suspensión de la ejecución cuando conviene y lo presentamos por registro electrónico.
Revisamos cada notificación que nos reenvíes y te decimos qué hacer. Si se desestima, te explicamos si queda recorrido en la siguiente instancia y qué costaría.
No, si se obtiene la suspensión. La pedimos siempre que procede y te explicamos qué garantía exige.
Depende del acto y de los motivos. Elegir mal cierra puertas, así que lo decidimos con el expediente delante.
Queda la vía contencioso-administrativa. Te decimos si compensa antes de que se agote el plazo.
Quien viene por «Recurso de reposición y reclamación económico-administrativa» suele necesitar también alguno de estos trámites. Si tu caso mezcla varios, va en un solo expediente y un solo presupuesto.
Dinos qué trámite necesitas, ante qué organismo y si hay algún plazo en marcha.
Cuéntanos tu caso y qué documentos tienes ya. Te decimos qué encaja, qué falta y cuánto cuesta.