El Congreso deroga el 2 de octubre los dos decretos-ley de vivienda aprobados el 29 de septiembre

El Congreso de los Diputados derogó el 2 de octubre el Real Decreto-ley 26/2026, de medidas urgentes de vivienda, y el 27/2026, sobre estabilidad de los alquileres de vivienda habitual. El BOE recoge que las modificaciones que introducían quedan sin efecto.

Fachada de un edificio de viviendas al atardecer, con ventanas iluminadas y unas llaves de casa en primer plano

El Congreso de los Diputados acordó el 2 de octubre de 2026 derogar los dos reales decretos-ley de vivienda que el Gobierno aprobó el 29 de septiembre: el 26/2026, de medidas urgentes en materia de vivienda, y el 27/2026, sobre la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Las dos resoluciones se publicaron en el BOE ese mismo día, conforme al artículo 86.2 de la Constitución.

Qué decía cada decreto

El Real Decreto-ley 26/2026 se publicó en el BOE el 30 de septiembre y entró en vigor el 1 de octubre. Era una norma extensa, de veinte artículos más disposiciones adicionales, transitorias y finales. Según su exposición de motivos, incluía, entre otras medidas, la suspensión de los procedimientos de desahucio de personas vulnerables sin alternativa habitacional, una enervación extraordinaria de la acción por parte de las administraciones competentes, cambios en los contratos de temporada y de vivienda temporal, y modificaciones fiscales.

El Real Decreto-ley 27/2026 se publicó el 1 de octubre y entró en vigor el 2 de octubre. Modificaba el artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos: cuando llegara el vencimiento de un contrato de vivienda habitual tras los cinco años de duración (siete, si el arrendador es persona jurídica), sin aviso previo de las partes, el contrato se prorrogaría obligatoriamente por plazos sucesivos de cinco o siete años, y el arrendador que comunicara válidamente que no prorrogaba tendría que indemnizar al inquilino con, al menos, el importe de doce mensualidades de renta de una vivienda de análogas características, y nunca menos de una mensualidad por cada año de residencia.

Qué dice el BOE sobre la derogación

La resolución del 2 de octubre que deroga el Real Decreto-ley 26/2026 deja sin efecto las modificaciones que ese decreto introducía en otras normas, entre ellas la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y la Ley de Haciendas Locales. La resolución sobre el Real Decreto-ley 27/2026 deja sin efecto su modificación del artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la relación que tenía con la disposición final quinta del 26/2026.

En ambos casos, la pérdida de efectos se establece de acuerdo con la derogación del real decreto-ley correspondiente.

Hojas de boletín oficial, un bolígrafo y unas llaves de casa sobre una mesa

Qué conviene saber

Las resoluciones del Congreso solo dicen que los decretos quedan derogados y que se pierden las modificaciones que introducían. No concretan cómo afecta la derogación a una situación individual (un contrato en vigor, una solicitud presentada, un procedimiento de desahucio en curso). Para casos concretos conviene comprobar la norma aplicable en cada fecha y, si hay un procedimiento abierto, hablar con quien lo lleva.

Si quieres repasar los plazos de un procedimiento de desahucio por impago, tienes nuestra guía sobre el desahucio por impago de alquiler; y si estás en un conflicto por la fianza, cómo reclamar la fianza del alquiler.

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